Admisión y Retiro de socios en una Sociedad Colectiva

Concepto de una sociedad colectiva

La sociedad colectiva es una empresa de carácter mercantil que se encuentra dentro del grupo de sociedades comerciales que tienen un fin lucrativo a cambio de sus servicios o venta de productos. 

Una sociedad colectiva es una organización que tiene la participación de dos o más socios que se comprometen a tener responsabilidades ilimitadas dentro de la compañía, es decir, se convierten en garantes absolutos para responder a los hechos legales y demás sociales que se tenga en la ejecución de la empresa.

Todos los socios deberán tener mucha confianza ya que la actuación de un socio hace que se repercuta para los demás socios ya sea trayendo responsabilidades u obligaciones que cumplir.

Admisión y retiro de socios en una sociedad colectiva

Al ser un tipo de sociedad donde los socios trabajan colectivamente, resulta complicado la admisión o retiro de los mismos. Seguramente te preguntas ¿Por qué? 

La respuesta se enfoca en la parte de su constitución. Al ser una sociedad donde fluye la confianza entre socios y cuentan con una responsabilidad ilimitada, solidaria y subsidiaria se excluyen varios requisitos a la hora de su constitución y uno de ellos son los estatutos. Los estatutos permiten una modificación a lo establecido en la constitución de la empresa, entre esas modificaciones se admite o retira a los socios.

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No obstante, cuando la sociedad colectiva desea admitir a un nuevo socio, se crea de hecho y de derecho una nueva sociedad. La creación de la nueva sociedad disuelve automáticamente la anterior, por consiguiente, las clausulas antiguas del contrato de constitución deben ser modificadas o sustituidas por otras nuevas.

Es importante señalar que este tipo de sociedad ordinariamente no se admite el ingreso de extraños, es por esta razón que el capital no es de libre transferencia, salvo estipulación expresa en el contrato. Si un socio desea retirarse o fallece, la empresa se liquidara, excepto si existe consentimiento de todos los socios de la sociedad colectiva para la admisión de nuevos socios o para la transmisión de parte del interés social.

El retiro de un socio, surte respecto de terceros desde la inscripción de la escritura modificatoria en el registro de comercio y de sociedades por acciones.

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