Resumen de la NIC 18: Ingresos de Actividades Ordinarias

Resumen NIC 18: Ingresos de Actividades Ordinarias

Este articulo presentara un resumen técnico de la NIC 18 que trata de los ingresos de actividades ordinarias, utilizando un criterio propio, que no está aprobada por la IASB (junta de normas internaciones de contabilidad).
PUNTOS A RESUMIR:
1. Objetivo
2. Alcance
3. Definiciones
4. Medición de los ingresos de actividades ordinarias
5. Identificación de la transacción
5.1. Venta de bienes
5.2. Prestación de servicios
5.3. Intereses, regalías y dividendos
6. Información a revelar

OBJETIVO

El objetivo de la NIC 18 es dar una directriz adecuada al tratamiento contable de los ingresos de actividades ordinarias que surgen en los movimientos transaccionales durante el periodo contable de la empresa.

Los ingresos de actividades ordinarias llegan a ser un beneficio económico para la entidad ya que ocasiona incremento en el valor de activos y reduce el importe de las obligaciones en el pasivo, asiendo subir la cuantía registrada en el patrimonio (pero no serán acciones de los socios, lo cual es un capital propio de la empresa).

Un ingreso será reconocido en la contabilidad de la empresa cuando exista una probabilidad de ocurrir beneficios económicos futuros y la medición del elemento sea confiable en sus costos relacionados a los ingresos.

ALCANCE

La NIC 17 debe dar un reconocimiento de ingresos a:
  • La venta de bienes.
  • Prestación de servicios.
  • La utilización, de los activos de la entidad por terceros, que generan intereses, derechos y dividendos.
Por otra parte, la NIC 18 excluye de su alcance a los contratos de construcción, contratos de seguros, arrendamientos, agricultura y la extracción de minerales.

DEFINICIONES

La NIC 18 dentro de su contexto especifica claramente el concepto de los siguientes términos:
  • El ingreso de actividades ordinarias, es la afluencia neta de beneficios económicos, en el curso del ejercicio contable, derivados de la actividad habitual de la empresa, con la condición de que dicha afluencia produzca un incremento del valor patrimonial, el cual no guarda relación con las aportaciones de los accionistas o socios de la empresa.
  • El valor razonable, es el precio que sería percibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción no forzada entre participantes del mercado en la fecha de medición.

MEDICIÓN DE LOS INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS

Los ingresos de las actividades ordinarias se medirán al valor razonable de la contraprestación, recibida o por recibir, es decir, reconocer los ingresos por el importe que se está recibiendo (ya sea por una cuenta por cobrar o en efectivo).

La NIC 18 dice que los intercambios de bienes o servicios que son de naturaleza y valor similar no generaran ingresos, por ejemplo, si se cambia un producto por otro similar en precio y naturaleza no será objeto a generar ingreso para la entidad. Sin embargo, si el producto que fue intercambiado por una naturaleza y precio diferente al de la empresa, entonces existe la posibilidad de generar ingresos.

IDENTIFICACIÓN DE LA TRANSACCIÓN

Los criterios se aplican por separado a cada transacción, es decir, si la entidad tiene a la venta un servicio y un producto, se deberá hacer la medición e identificación de la transacción por separado.

Por otra parte, están las transacciones conjuntas que se registra como una sola transacción, por ejemplo, la venta de un bien se efectúa a $ 1.000, pero, después voy a comprar el mismo bien a un valor de $ 900, lo cual esta identificación de transacción no será registrada por lo el valor de la venta, sino únicamente por la diferencia $ 100.

Existen ciertas condiciones para reconocer los ingresos que indica la NIC 18. Anteriormente ya fueron mencionadas, pero en este punto daremos un resumen a cada uno de ellos:
  • La venta de bienes
  • La prestación de servicios
  • Los intereses, regalías y dividendos

VENTA DE BIENES

Deberán ser registrados y reconocidos dentro de los informes financieros cuando:
  • La empresa haya transferido previamente las ventajas y los riesgos a su comprador, los cuales son de naturaleza considerable y se derivan de los bienes.
  • La empresa no se ocupa en absoluto del manejo de los bienes vendidos, salvo en aquellos casos en los que la propiedad suele estar asociada a ellos, ni tampoco mantiene un control estricto al respecto.
  • El monto producido por los ingresos se puede medir de manera fiable.
  • La empresa reciba probablemente los ingresos económicos derivados de la operación o transacción.
  • Los costos en que se haya incurrido o se vaya a incurrir por concepto de la transacción se puedan evaluar de forma confiable.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

También cuentan con ciertos requisitos y condiciones, cuando:
  • El monto de los ingresos se puede medir en forma confiable.
  • La empresa probablemente recibirá beneficios económicos derivados directamente de la operación o transacción.
  • Se puede medir con certeza el alcance de la transacción, tras la conclusión del período contable que se informa.
  • Los costos que ya se hayan efectuado en la prestación, al igual de los que faltan por efectuar hasta su finalización. Además, que puedan tener una medición confiable.


Todo ingreso de actividad ordinaria deberá ser reconocido con una base en proceso de terminación, no obstante, el estudio técnico de un proyecto deberá por lo menos estar reconocido un 80% de terminación, basado en la ejecución del trabajo realizado.

INTERESES, REGALÍAS Y DIVIDENDOS

Deberán ser reconocidos, cuando:
  • La empresa probablemente reciba los beneficios económicos ligados a la operación o transacción.
  • El monto de los ingresos puede medirse de manera segura.
La base de medición para los intereses, regalías y dividendos será:
  • Los intereses utilizara un método del tipo de interés efectivo (la NIC 39 de instrumentos financieros lo especifica).
  • Las regalías utilizara la base de acumulación o devengo, según el acuerdo en el contrato.
  • Los dividendos serán establecidos por parte de los accionistas de la empresa, o sea cuando sedan el derecho.

INFORMACIÓN A REVELAR

La empresa revelara:
  • Los criterios contables empleados para reconocer los ingresos procedentes de las actividades ordinarias, incluyendo sus métodos de operaciones.
  • El importe de las distintas categorías de ingresos procedentes de actividades ordinarias que se hayan reconocido a lo largo del período.
  • El monto de los ingresos procedentes de actividades ordinarias generados por los intercambios como consecuencia de los bienes o servicios que figuran dentro de cada una de las categorías previas.