El Principio de Objetividad y la Función Fiscal

El principio de objetividad basado en la función fiscal

Se considera la consiguiente temática como esencial objetó que el ciudadano pueda conocer sobre este elemental principio de objetividad, que debe ser observado en toda actuación fiscal, como esencia misma y propia del derecho de presunción de inocencia, pues se ha podido ver que en el devenir de su actuación el Ministerio Público, ha formulado en variados casos requerimientos conclusivos en los que ha primado el interés subjetivo por sobre lo objetivo, y por ende llega a provocar la inobservancia y desconocimiento del referido principio que se encuentra normado constitucionalmente, pues sea imputado y acusado en algunos casos sin el mayor resguardo a la objetividad y que como consecuencia ha llegado a decaer en la vulneración de los derechos y garantías constitucionales, que atenta básicamente la libertad, dignidad y personalidad de sujetos imputados por el hecho ilícito, sin el mínimo recaudó y observancia de este elemento al principio.

El principio de objetividad

Debemos referirnos al inicio que los principios resultan ser declaraciones éticas propias del ser humano y que resultan ser universales, de ahí que Immanuel Kant fundamenta la ética en la actividad propia de la razón práctica, pues considera a los principios como aquellas proposiciones que contienen la idea de una determinación general de la voluntad que abraza muchas reglas prácticas.

Se tiene así que bajó el Instituto jurídico del debido proceso, se concibe que los principios son reglas o normas que orientan la acción o actuación del ser humano y Por ende del ente persecutor prominente del Estado bajo esa facultad de Jus Puniendi, por lo que básicamente ese principio de objetividad de modo general es comprendido como la actuación conforme a la imparcialidad y sin prejuicios que debe primar en toda investigación o resolución sea judicial o administrativa, pues la misma debe basarse únicamente en la objetividad fidedigna y material.