=ᐈ Administración de la Sociedad Colectiva

En el presente artículo encontraras algunos de los aspectos más importantes que tienen las empresas de sociedad colectiva, como por ejemplo, sus características más relevantes, la forma de su constitución y como está representada una administración de la sociedad colectiva.

¿Qué es una sociedad colectiva?

La sociedad colectiva es un tipo de organización mercantil en la que todos los socios participan de forma colectiva y responden a las obligaciones de la sociedad todos por igual, es decir, en esta empresa no existe preferencias o niveles de responsabilidad.

Las sociedades colectivas se caracterizan por ser compañías donde predomina una confianza reciproca ya que todos los socios están comprometidos y jugando un papel de garantes ante cualquier inconveniencia o hecho ocurrido.

Este tipo de empresa es originada desde la edad media al igual que otras sociedades mercantiles, sin embargo, en la actualidad siguen siendo una buena forma empresarial cuando se tiene en mente pequeños proyectos comerciales con un grupo de familiares o amigos cercados que se establece buena confianza.

Características de una empresa colectiva

La sociedad colectiva y sus características son lo que hace una diferencia a las demás sociedades comerciales. Entre las más relevantes tenemos:

  • La forma de constitución de la sociedad colectiva no requiere de muchos trámites.
  • Todos los socios responden a las obligaciones de forma subsidiaria e ilimitada.
  • El nombre de la sociedad puede estar fijado a través de una denominación o razón social.
  • La empresa no está obligada a tener estatutos establecidos y tampoco un organigrama ya que todos los socios están comprometidos a ser responsables por los hechos sociales.
  • Para constituir la sociedad no se necesita de un capital mínimo. Así también todo el capital social representa una sola cantidad y no se divide en cuotas de valores iguales.
  • Debido a la responsabilidad ilimitada que asumen todos los socios no es obligatorio tener una reserva legal en el patrimonio, sin embargo, si lo desean los socios pueden efectuarlo de manera voluntaria.

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Constitución de las sociedades colectivas

La forma de como se crea una sociedad colectiva ayuda a las personas que tienen en mente un negocio a prepararse de antemano para presentar su escritura de constitución. Entre esos requisitos están:

  • Los datos de identidad de cada uno de los socios colectivos.
  • El nombre con el que se constituirá la empresa (razón social o denominación).
  • El domicilio donde se realizaran las actividades comerciales.
  • El objetivo social que tendrá la organización.
  • La duración de la sociedad en caso de así establecer los socios.
  • Las políticas establecidas o pactos de condiciones que asumirán todos los socios colectivos.
  • El representante del régimen administrativo o la persona que se encargara de la administración de la sociedad colectiva. Importante incluir en el contrato de constitución si este cargo será por tiempo indefinido o cada cuanto se deben cambiar los roles.

Administración de la sociedad colectiva

La administración de una sociedad colectiva puede designarse a una o más personas, las mismas podrán ser socios o no de la empresa, pero cuyas atribuciones y facultades deberán ser ejercidas conjuntamente con todos los socios colectivos. No obstante, si los socios deciden pueden indicar que la administración sea desarrollada de forma separada, pero al ser una organización donde todos los socios responden a las obligaciones de forma ilimitada es mejor trabajar en conjunto para que todos los participantes conozcan de los movimientos financieros y operativos de la compañía.

El contrato de constitución señalara el régimen administrativo, en su defecto la sociedad será quien decida por quien estará encargada la administración colectiva. Los administradores podrán ejercer los actos previsto y representar a la empresa en cualquier asunto legal. No obstante, las facultades o poderes que les sean conferidos podrán ser detallados en la propia escritura de constitución o los socios podrán especificarlos en un poder notariado de fe pública.

A falta de estipulaciones precisas, se entiende que una administración de la sociedad colectiva puede realizarse indistintamente, sin que uno nada pueda hacer sin el otro u otros, es decir, que ninguno de los socios puede obrar individualmente sin afectar a los demás. El estar en un cargo de administración no significa tener mayor responsabilidad, sino que todos los socios deberán colaborar para que las funciones se realicen de buena manera con el fin de que nadie salga afectado cubriendo obligaciones sociales.

Tipos de administración

Se consideran tipos de administración a los modos por los cuales se puede elegir un representante a la hora de incluirlo en la escritura de constitución. Entre ellos tenemos:

  • Legal. Es cuando todos los socios deciden de forma unánime a un representante administrativo, o en función a su labor deciden trabajar conjuntamente o separadamente.
  • Privativa. Es cuando se nombra un administrador expreso o concreto, es decir, señalan a uno o varios administradores para la sociedad. Estos no son transmisibles y únicamente los socios concretos podrán ostentarlo.
  • No privativa. De igual forma es cuando se señalan uno o varios administradores, con la diferencia que en cualquier momento pueden ser sustituidos.

Es importante tomar en cuenta lo que está escrito dentro de la constitución publica de la sociedad, a fin de cumplir con lo establecido en la actuación de los administradores y controlar que las actividades estén siendo desempeñadas correctamente para no encontrarse con inconvenientes que causen deudas sociales y afecte a todos los socios.

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