Administración de la sociedad comandita por acciones
La administración de la sociedad en comandita por acciones recae directamente sobre los socios colectivos o gestores, sin embargo, también puede estar a cargo de terceras personas cuando existe una aprobación por parte de los socios participes.
Los socios colectivos o también llamados socios gestores son los únicos que tienen la responsabilidad señalada para asumir las facultades administrativas de la sociedad en comandita por acciones.
Los socios comanditarios no participan en la administración por ninguna naturaleza, la ley les concede una responsabilidad limitada solo hasta el monto de sus acciones suscritas, sin embargo, están en todo su derecho de revisar en cualquier momento los informes financieros y cualquier otro registro operativo de la compañía.
Un socio comanditario no puede inmiscuirse en acto alguno de la administración, ni actuar como apoderado de la sociedad comanditaria por acciones, en caso de hacerlo, dicho socio responderá como un socio colectivo con respecto a los actos que efectué.
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Caso especial para que un socio comanditario administre
El código de comercio pone un caso especial para que un socio comanditario pueda asumir la responsabilidad de administrar la sociedad comandita, siempre y cuando el único socio colectivo fallece, tiene incapacidad o inhabilitación como socio gestor. Pero cualquiera fuera la situación este es un caso especial de urgencia para el funcionamiento de la empresa.
No obstante, eso no quiere decir que la administración de la sociedad comandita por acciones vaya a quedarse con un socio comanditario, sino que solo será hasta que se regularice la situación creada. Estos actos administrativos no comprometen para nada la responsabilidad de los socios comanditarios, pero es importante que se disuelva lo antes posible. Por lo general, se da un plazo de 90 días para regularizar la situación o la empresa se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada con la participación de todos los socios comanditarios.
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